31 may 2010

El domingo, día de descanso



El domingo, día de descanso

Juan Pablo II, Carta Apostólica Dies Domini, sobre la santificación del domingo (31 de mayo de 1998)

El día del descanso



64. Durante algunos siglos los cristianos han vivido el domingo sólo como día del culto, sin poder relacionarlo con el significado específico del descanso sabático. Solamente en el siglo IV, la ley civil del Imperio Romano reconoció el ritmo semanal, disponiendo que en el «día del sol» los jueces, las poblaciones de las ciudades y las corporaciones de los diferentes oficios dejaran de trabajar. [107] Los cristianos se alegraron de ver superados así los obstáculos que hasta entonces habían hecho heroica a veces la observancia del día del Señor. Ellos podían dedicarse ya a la oración en común sin impedimentos. [108]

Sería, pues, un error ver en la legislación respetuosa del ritmo semanal una simple circunstancia histórica sin valor para la Iglesia y que ella podría abandonar. Los Concilios han mantenido, incluso después de la caída del Imperio, las disposiciones relativas al descanso festivo. En los Países donde los cristianos son un número reducido y donde los días festivos del calendario no se corresponden con el domingo, éste es siempre el día del Señor, el día en el que los fieles se reúnen para la asamblea eucarística. Esto, sin embargo, cuesta sacrificios no pequeños. Para los cristianos no es normal que el domingo, día de fiesta y de alegría, no sea también el día de descanso, y es ciertamente difícil para ellos «santificar» el domingo, no disponiendo de tiempo libre suficiente.

65. Por otra parte, la relación entre el día del Señor y el día de descanso en la sociedad civil tiene una importancia y un significado que están más allá de la perspectiva propiamente cristiana. En efecto, la alternancia entre trabajo y descanso, propia de la naturaleza humana, es querida por Dios mismo, como se deduce del pasaje de la creación en el Libro del Génesis (cf. 2,2-3; Ex 20,8-11): el descanso es una cosa «sagrada», siendo para el hombre la condición para liberarse de la serie, a veces excesivamente absorbente, de los compromisos terrenos y tomar conciencia de que todo es obra de Dios. El poder prodigioso que Dios da al hombre sobre la creación correría el peligro de hacerle olvidar que Dios es el Creador, del cual depende todo. En nuestra época es mucho más urgente este reconocimiento, pues la ciencia y la técnica han extendido increíblemente el poder que el hombre ejerce por medio de su trabajo.

66. Es preciso, pues, no perder de vista que, incluso en nuestros días, el trabajo es para muchos una dura servidumbre, ya sea por las miserables condiciones en que se realiza y por los horarios que impone, especialmente en las regiones más pobres del mundo, ya sea porque subsisten, en las mismas sociedades más desarrolladas económicamente, demasiados casos de injusticia y de abuso del hombre por parte del hombre mismo. Cuando la Iglesia, a lo largo de los siglos, ha legislado sobre el descanso dominical, [109] ha considerado sobre todo el trabajo de los siervos y de los obreros, no porque fuera un trabajo menos digno respecto a las exigencias espirituales de la práctica dominical, sino porque era el más necesitado de una legislación que lo hiciera más llevadero y permitiera a todos santificar el día del Señor. A este respecto, mi predecesor León XIII en la Encíclica Rerum novarum presentaba el descanso festivo como un derecho del trabajador que el Estado debe garantizar. [110]

Rige aún en nuestro contexto histórico la obligación de empeñarse para que todos puedan disfrutar de la libertad, del descanso y la distensión que son necesarios a la dignidad de los hombres, con las correspondientes exigencias religiosas, familiares, culturales e interpersonales, que difícilmente pueden ser satisfechas si no es salvaguardado por lo menos un día de descanso semanal en el que gozar juntos de la posibilidad de descansar y de hacer fiesta. Obviamente este derecho del trabajador al descanso presupone su derecho al trabajo y, mientras reflexionamos sobre esta problemática relativa a la concepción cristiana del domingo, recordamos con profunda solidaridad el malestar de tantos hombres y mujeres que, por falta de trabajo, se ven obligados en los días laborables a la inactividad.

67. Por medio del descanso dominical, las preocupaciones y las tareas diarias pueden encontrar su justa dimensión: las cosas materiales por las cuales nos inquietamos dejan paso a los valores del espíritu; las personas con las que convivimos recuperan, en el encuentro y en el diálogo más sereno, su verdadero rostro. Las mismas bellezas de la naturaleza –deterioradas muchas veces por una lógica de dominio que se vuelve contra el hombre– pueden ser descubiertas y gustadas profundamente. Día de paz del hombre con Dios, consigo mismo y con sus semejantes, el domingo es también un momento en el que el hombre es invitado a dar una mirada regenerada sobre las maravillas de la naturaleza, dejándose arrastrar en la armonía maravillosa y misteriosa que, como dice san Ambrosio, por una «ley inviolable de concordia y de amor», une los diversos elementos del cosmos en un «vínculo de unión y de paz». [111] El hombre se vuelve entonces consciente, según las palabras del Apóstol, de que «todo lo que Dios ha creado es bueno y no se ha de rechazar ningún alimento que se coma con acción de gracias; pues queda santificado por la Palabra de Dios y por la oración» (1 Tm 4,4-5). Por tanto, si después de seis días de trabajo –reducidos ya para muchos a cinco– el hombre busca un tiempo de distensión y de más atención a otros aspectos de la propia vida, esto responde a una auténtica necesidad, en plena armonía con la perspectiva del mensaje evangélico. El creyente está, pues, llamado a satisfacer esta exigencia, conjugándola con las expresiones de su fe personal y comunitaria, manifestada en la celebración y santificación del día del Señor.

Por eso, es natural que los cristianos procuren que, incluso en las circunstancias especiales de nuestro tiempo, la legislación civil tenga en cuenta su deber de santificar el domingo. De todos modos, es un deber de conciencia la organización del descanso dominical de modo que les sea posible participar en la Eucaristía, absteniéndose de trabajos y asuntos incompatibles con la santificación del día del Señor, con su típica alegría y con el necesario descanso del espíritu y del cuerpo. [112]

68. Además, dado que el descanso mismo, para que no sea algo vacío o motivo de aburrimiento, debe comportar enriquecimiento espiritual, mayor libertad, posibilidad de contemplación y de comunión fraterna, los fieles han de elegir, entre los medios de la cultura y las diversiones que la sociedad ofrece, los que estén más de acuerdo con una vida conforme a los preceptos del Evangelio. En esta perspectiva, el descanso dominical y festivo adquiere una dimensión «profética», afirmando no sólo la primacía absoluta de Dios, sino también la primacía y la dignidad de la persona en relación con las exigencias de la vida social y económica, anticipando, en cierto modo, los «cielos nuevos» y la «tierra nueva», donde la liberación de la esclavitud de las necesidades será definitiva y total. En resumen, el día del Señor se convierte así también, en el modo más propio, en el día del hombre.

NOTAS

[107] Cf. Edicto de Constantino, 3 de julio del 321: Codex Theodosianus II, tit. 8, 1, ed. Th. Mommsen, 12, 87; Codex Iustiniani, 3, 12, 2, ed. P. Krueger, 248.

[108] Cf. Eusebio de Cesarea, Vida de Constantino, 4, 18: PG 20, 1165.

[109] El documento eclesiástico más antiguo sobre este tema es el canon 29 del Concilio de Laodicea (segunda mitad del siglo IV): Mansi, II, 569-570. Desde el siglo VI al IX muchos Concilios prohibieron las «opera ruralia». La legislación sobre los trabajos prohibidos, sostenida también por las leyes civiles, fue progresivamente muy precisa.

[110] Cf. Enc. Rerum novarum (15 de mayo de 1891): Acta Leonis XIII 11 (1891), 127-128.

[111] Hex. 2, 1, 1: CSEL 321, 41.

[112] Cf. Código de Derecho Canónico, can. 1247; Código de los Cánones de las Iglesias Orientales, can. 881 §§ 1.4.

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